¿Cómo tiene que pagarme? ¿Hay que dar un anticipo?

ensayando en la Cámara de Comercio de Gipuzkoa

Para clientes particulares las circunstancias son diferentes según el tipo de servicio que debo prestar. Quiero que sea para usted lo más cómodo posible. Hay artistas que exigen un anticipo no reembolsable en caso de suspensión. También hay clientes particulares y empresas de eventos que pagan un adelanto porque así sienten que el compromiso del artista es firme. No se preocupe mi compromiso es el mismo me pague o no me pague una señal por adelantado.

Busco su comodidad; recomiendo en cumpleaños, comuniones y fiestas similares un pago en efectivo o cheque al final. Algunos clientes no quieren estar pendientes de pagar al final, pues tienen que atender a sus invitados. Para ellos creo que es más cómodo un pago completo por adelantado, pues terminado el evento soy así un proveedor menos del que ocuparse. Esto ocurre sobre todo en bodas, donde tener que ocuparse de un pago al final o al día siguiente es engorroso.

En fechas de temporada teatral y comuniones, donde tengo muchos compromisos no tengo más remedio que pedir la mitad como pago anticipado y hacer un contrato con nuestros respectivos datos. Esta es una garantía para ambas partes; me ha pasado en los últimos años que al amparo del anonimato o semianonimato de internet me han dejado colgado en el último momento. No es frecuente pero ocurre. Sus datos no serán utilizados para terceros sino para nuestra mutua tranquilidad; a mi me garantizan la contratación y a usted le activan toda mi responsabilidad en el evento: seguro de responsabilidad civil, etcétera.

En cuanto al anticipo usted no lo pierde si se suspende el evento; queda en depósito durante un año por si por una causa de fuerza mayor hay que aplazarlo a otra fecha que convengamos. Ese depósito solamente se pierde en caso de pasar el año sin llamarme ¡a fin de cuentas yo ya perdí un día de trabajo! Recuerde además que si el espectáculo no es lo que usted esperaba no cobro o le reembolso lo adelantado.

Esta garantía sobre retorno del anticipo es para particulares, no la doy a empresas de representación, intermediarios de espectáculos o ayuntamientos, en cuyo caso lo habitual –salvo que un contrato indique otra cosa- es la pérdida del anticipo y si ya nos hemos trasladado al lugar de actuación deben realizar el pago completo del importe de la factura. En prestaciones para fiestas de empresa nos adaptamos al sistema de contratación usual.